Por qué en 2026 se paga lo mismo que en 2025
El sistema de cotización por rendimientos reales empezó en 2023 con un calendario de tablas para 2023, 2024 y 2025 (disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022). Desde 2026, la ley encarga a la Ley de Presupuestos Generales del Estado fijar cada año una tabla general y una tabla reducida (art. 308.1 de la Ley General de la Seguridad Social).
Como no se ha aprobado una Ley de Presupuestos para 2026, el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, dispuso que desde el 1 de enero de 2026, y hasta que se apruebe esa ley, se aplican las tablas previstas para 2025. Solo se actualizó la base máxima de los tramos 11 y 12, que sube con el tope del Régimen General. La Orden PJC/297/2026 desarrolla los tipos:
- Tipo total: 31,5 % de la base elegida (contingencias comunes 28,3 %, contingencias profesionales 1,3 %, cese de actividad 0,9 %, formación profesional 0,1 %, mecanismo de equidad intergeneracional (mei) 0,9 %).
- Cuota más baja: 205,88 € al mes con la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida (653,59 €).
- Base máxima: 5.101,20 € al mes.
Las tablas de 2026
| Tramo | Rendimientos netos al mes | Base mínima | Base máxima | Cuota mínima al mes |
|---|---|---|---|---|
| Tabla reducida, tramo 1 | Hasta 670,00 € | 653,59 € | 718,94 € | 205,88 € |
| Tabla reducida, tramo 2 | Más de 670,00 € hasta 900,00 € | 718,95 € | 900,00 € | 226,47 € |
| Tabla reducida, tramo 3 | Más de 900,00 € hasta 1.166,69 € | 849,67 € | 1.166,70 € | 267,65 € |
| Tabla general, tramo 1 | Más de 1.166,70 € hasta 1.300,00 € | 950,98 € | 1.300,00 € | 299,56 € |
| Tabla general, tramo 2 | Más de 1.300,00 € hasta 1.500,00 € | 960,78 € | 1.500,00 € | 302,65 € |
| Tabla general, tramo 3 | Más de 1.500,00 € hasta 1.700,00 € | 960,78 € | 1.700,00 € | 302,65 € |
| Tabla general, tramo 4 | Más de 1.700,00 € hasta 1.850,00 € | 1.143,79 € | 1.850,00 € | 360,29 € |
| Tabla general, tramo 5 | Más de 1.850,00 € hasta 2.030,00 € | 1.209,15 € | 2.030,00 € | 380,88 € |
| Tabla general, tramo 6 | Más de 2.030,00 € hasta 2.330,00 € | 1.274,51 € | 2.330,00 € | 401,47 € |
| Tabla general, tramo 7 | Más de 2.330,00 € hasta 2.760,00 € | 1.356,21 € | 2.760,00 € | 427,21 € |
| Tabla general, tramo 8 | Más de 2.760,00 € hasta 3.190,00 € | 1.437,91 € | 3.190,00 € | 452,94 € |
| Tabla general, tramo 9 | Más de 3.190,00 € hasta 3.620,00 € | 1.519,61 € | 3.620,00 € | 478,68 € |
| Tabla general, tramo 10 | Más de 3.620,00 € hasta 4.050,00 € | 1.601,31 € | 4.050,00 € | 504,41 € |
| Tabla general, tramo 11 | Más de 4.050,00 € hasta 6.000,00 € | 1.732,03 € | 5.101,20 € | 545,59 € |
| Tabla general, tramo 12 | Más de 6.000,00 € | 1.928,10 € | 5.101,20 € | 607,35 € |
El tramo sale del promedio mensual de tus rendimientos netos del año, calculado como se explica en la cuota de autónomos, explicada.
Qué pasa en 2027
A fecha de hoy no hay tablas publicadas para 2027. Para que cambien hace falta una de estas dos cosas:
- una Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2027 que fije la tabla general y la reducida, o
- otra norma con rango de ley, como el Real Decreto-ley 3/2026, que diga qué tablas se aplican.
La prórroga del Real Decreto-ley 3/2026 está escrita para 2026. Las cifras que circulan para 2027 son, por ahora, propuestas o estimaciones, no normas. Lo que pase con las cuotas ya pagadas cuando se publique dependerá de lo que diga esa norma sobre su entrada en vigor.
Qué puedes hacer mientras tanto
- Revisa tu base antes de que acabe el año. Si pides el cambio entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, se aplica desde el 1 de enero (art. 45 del Reglamento general de cotización).
- Calcula tu tramo con lo que prevés ganar, con la calculadora de la cuota de autónomos.
- Recuerda la regularización: tu cuota de cada año es provisional hasta que Hacienda comunica tus rendimientos reales a la Seguridad Social.
Normativa
- Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE de 4 de febrero de 2026)
- Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, de cotización para 2026 (BOE de 31 de marzo de 2026)
- Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, nuevo sistema de cotización de los autónomos: disposición transitoria primera (BOE de 27 de julio de 2022)
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015), art. 308
- Real Decreto 2064/1995, Reglamento general de cotización, art. 45 (cambios de base de los autónomos)
Información general, no asesoramiento para un caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto pagará un autónomo en 2027?
No se sabe todavía: las tablas de 2027 no se han publicado. En 2026 la cuota más baja es de 205,88 € al mes.
¿Por qué no ha subido la cuota en 2026?
Porque no hay Presupuestos para 2026 y el Real Decreto-ley 3/2026 prorrogó las tablas de 2025, salvo la base máxima de los dos tramos más altos.
¿Si suben las tablas en 2027 tendré que pagar atrasos?
Depende de lo que diga esa norma sobre sus efectos. Aparte de eso, tu cuota de cada año se ajusta siempre en la regularización, cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales.